Mercedes Pordomingo Esteban
Alférez RV del ET
La incorporación de la mujer se ha configurado como un rasgo
claramente distintivo de las Fuerzas Armadas de la España del siglo XXI,
diferenciándolas de su tradicional configuración exclusivamente masculina.
Mucho se ha avanzado desde que la mujer se incorporó a
nuestros Ejércitos. En 1991 eran tan solo un 0,1 del total y desde entonces
hasta hoy su presencia se ha consolidado siendo en la actualidad el 12,3 % de
los efectivos y en base a sus méritos y capacidad de liderazgo. El máximo
empleo alcanzado hasta el momento es el de Coronel. Hoy podemos afirmar que
nuestro país es uno de los que cuentan con mayor número de mujeres militares de
la Unión Europea.
El proceso de incorporación se ha llevado a cabo de manera
decidida, progresivamente en el tiempo y escalonado, en un escenario temporal
consecuente con las necesidades de nuestras Fuerzas Armadas.
La publicación del Real Decreto-Ley 1/88 reguló la
incorporación de la mujer a las Fuerzas Armadas, pudiendo acceder a
veinticuatro Cuerpos y Escalas de los tres Ejércitos en igualdad de condiciones
que el varón. Ninguno de estos Cuerpos ni Escala era específicamente femenino,
ni tenían tropa. Eran Cuerpos y Escalas que la Ley 17/89 denominó más tarde
Cuerpos Comunes.
Tres años más tarde de la publicación de la Ley
17/89, el Real Decreto 984/92, aprobó el Reglamento de Tropa y Marinería
profesionales de las Fuerzas Armadas, que en su artículo 25 establece: El
personal femenino de tropa y marinería profesionales podrá optar a todos los
destinos de su empleo militar excepto los de tipo táctico u operativo en
unidades de La Legión, de operaciones especiales, paracaidistas y cazadores
paracaidistas. Tampoco podrán formar parte de las fuerzas de
desembarco, de las dotaciones de submarinos ni de buques menores en los que sus
condiciones estructurales no permitan el alojamiento en condiciones adecuadas.
Finalmente, la integración absoluta de la mujer a las
FAS quedó completada con la Ley 17/99, de 18 de mayo, de Régimen de Personal de
las Fuerzas Armadas, de la que surge el Real Decreto 66/2000 de 21 de
enero, por el que se modifican las condiciones de acceso a Militar Profesional
de Tropa y Marinería de las Fuerzas Armadas, ampliando su incorporación
a todos los cuerpos y escalas de los tres ejércitos, adecuándose así a
lo establecido en dicha Ley, que preveía la plena integración de la mujer "en
un plano de igualdad con los sistemas de incorporación de los hombres
Establecidas las bases legales, comenzaron las
incorporaciones y, en primer lugar, la mujer eligió los Cuerpos Comunes
-Intervención, Jurídico, Músicas Militares y Sanidad.
Finalmente, tras la aprobación en Consejo de Ministros del
Real Decreto 66/2000 , de 21 de enero, mencionado anteriormente, se publicó la
primera convocatoria sin distinción de cuerpos ni escalas, incorporándose en el
mes de marzo, por primera vez en La Legión, dos mujeres, Dª María Pilar Galdón
y Dª Nuria Albiñana, son las primeras Damas Legionarias. También se han
incorporado ya, por primera vez, mujeres a la II Bandera de la Brigada
Paracaidista y a Operaciones Especiales.
Entre los cuadros de mando, las mujeres sólo alcanzan el 1,5
%. Espectacularmente en los Cuerpos Comunes llega a alcanzar
el 12,7 %.
Del análisis de la normativa que se ha venido aprobando en
el transcurso de estos últimos años en relación con la incorporación de la
mujer, podemos afirmar que España ha creado y seguido un modelo propio de
incorporación que sin duda ha favorecido el proceso. Este modelo se caracteriza
por los siguientes elementos fundamentales: desde el principio no se crearon
cuerpos militares específicamente para mujeres, se fueron integrando en los
existentes; no se estableció una cota máxima de presencia femenina en las
Fuerzas Armadas; acceden a todos los destinos, incluidos los llamados “puestos
operativos”; se incorporan a todos los cuerpos, escalas, categorías y
especialidades; y pueden alcanzar todos los empleos de su categoría.
Podemos hablar de un modelo que está caracterizado por la
consecución, en un primer momento, de la igualdad legal para evolucionar, una
vez conseguida esta, hacia la igualdad efectiva y real de los miembros de las
Fuerzas Armadas españolas.
Y en este proceso progresivo y firme que ha permitido su
plena integración en los distintos ámbitos de la Institución Militar, adquiere
una especial relevancia su creciente presencia en las operaciones militares en
el exterior, y los procesos de construcción de la paz donde su participación
supone un valor añadido, ya que aportan capacidades y aptitudes que
contribuyen al adecuado desarrollo de las misiones.
En este sentido, la actuación de nuestras Fuerzas Armadas en
la aplicación del criterio de género en las operaciones viene determinada por
la resolución 1325 del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas sobre Mujer, Paz
y Seguridad. Esta resolución fue una aportación innovadora y determinante en
este ámbito ya que por primera vez se realizó un tratamiento de la mujer en el
contexto de un conflicto armado, no solo como víctima o como grupo vulnerable,
sino también como agente activo que contribuye de modo propio y diferenciado en
los procesos de paz.
La incorporación de la mujer a todos los puestos de las
Fuerzas Armadas ha obligado a introducir bastantes modificaciones en la
infraestructura de unidades, buques y bases, así como en la vida diaria del
cuartel. En primer lugar, ha sido necesario crear espacios diferenciados. A los
clásicos de oficiales, suboficiales y tropa ha habido que agregar ahora el de
la mujer en aseos, dormitorios y vestuarios.
Otro tema muy importante es que ha habido que
introducir las correcciones adecuadas a los supuestos de conducta que atentan a
la libertad sexual. El Código Penal Militar, por un lado y la Ley Orgánica 8/98
de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, por otro, contemplan
expresamente los ataques a la libertad sexual. En este punto tan delicado para
el mantenimiento de la disciplina y la vida de compañeros, aun cuando la falta
cometida sea calificada de leve, es muy importante atajarla con rigor con el
fin de evitar problemas mayores en el futuro.
Las Reales Ordenanzas contienen las reglas esenciales que
debe presidir la actuación del militar del siglo XXI, y en su artículo 13 se
establece que el militar “velará por la aplicación de los
criterios y normas relativos a la igualdad efectiva de mujeres y hombres y a la
prevención de la violencia de género”.
Otra de las novedades que ha habido que hacer frente es al embarazo y a la maternidad de la mujer. En este sentido la normativa del régimen de la carrera militar contiene acciones positivas relacionadas con las situaciones derivadas de la maternidad para el ingreso, la formación y el ascenso. Se fomenta la conciliación de la vida profesional, personal y familiar de los miembros de las Fuerzas Armadas.
Otra de las novedades que ha habido que hacer frente es al embarazo y a la maternidad de la mujer. En este sentido la normativa del régimen de la carrera militar contiene acciones positivas relacionadas con las situaciones derivadas de la maternidad para el ingreso, la formación y el ascenso. Se fomenta la conciliación de la vida profesional, personal y familiar de los miembros de las Fuerzas Armadas.
Podemos concluir afirmando que en un mundo en constante
transformación como el actual, nuestras Fuerzas Armadas han sabido adaptarse a
una realidad cambiante en un equilibrio constante entre tradición y renovación.
Una de cada seis soldados y una de cada 13 oficiales
Una de cada seis soldados o marineros (el 16,6% del total)
de las Fuerzas Armadas españolas es mujer. En cambio, no llegan a una de cada
13 los oficiales de sexo femenino (7,3%). Su presencia de mujeres sigue siendo
mucho más abultada en los escalones más bajos que en la cúpula de una
institución jerárquica en la que se asciende por antigüedad. El menor
porcentaje se da entre los suboficiales (4,3%).
El empleo más alto ocupado por una mujer es el de coronel
(Patricia Ortega). Le siguen 92 tenientes coroneles o capitanes de fragata; 267
comandantes o capitanes de corbeta; y 468 capitanes o tenientes de navío.
El Ejército con más porcentaje de mujeres es el Aire
(13,6%), seguido de la Armada (12,5%) y Tierra (11,8%). En cuerpos comunes
(Sanidad, Jurídico, Intervención) llegan al 23,4%. En total hay 14.981 mujeres;
lo que supone el 12,5% de los efectivos de las Fuerzas Armadas, frente al 87,5%
de varones. En cambio, en las misiones en el exterior son el 7,6% de los
efectivos y en los puestos operativos el 9.8%.
Leer más: https://www.elmacutodelreservistavoluntario.es/la%20mujer%20en%20el%20ejercito%20espa%C3%B1ol/
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